El proyecto, presentado por un grupo misceláneo de diputados, indica que todo acto de violencia y/o maltrato, sea físico o sicológico, con independencia de quien provenga y con excepción de lo dispuesto en la Ley de Violencia Intrafamiliar, será castigado con presidio que podrá ir entre los 541 días a los cinco años.
Buscando llenar un vacío en la legislación nacional, un grupo de diputados de diversas colectividades políticas, liderados por José Pérez (PRSD) ingresó a trámite en el Congreso Nacional un proyecto de ley (boletín 9279) que sanciona de manera específica el maltrato infantil.
Los legisladores recordaron que, en virtud de las modificaciones efectuadas el año 1994 a la Ley de Menores, se le quitó rango delictual a las agresiones contra los niños. “Por descuido u otra apreciación del legislador de la época, se consideraron sólo sanciones pecuniarias y civiles para quienes cometieran violencia contra los niños y las niñas, entregando a la norma penal común la sanción delictual en este tipo de casos”, explicaron.
Sostuvieron que, al revisar la legislación, queda de manifiesto que, luego de la modificación del año 1994 y las que vinieron en lo sucesivo, se dio amplia cobertura y protección a los niños frente a los delitos cometidos en el entorno familiar; pero se relegó a la norma común del Código Penal a todos los otros casos.
“Los autores de esta moción consideran que es preciso corregir este vacío de la legislación y actuar de manera preventiva, incorporándose a nuestra ley penal un título especial que contemple con sanciones propias y específicas las conductas de maltrato infantil de cualquier entorno y/o persona que provenga”, enfatizaron.
En esta línea, la propuesta de los diputados contempla normar el título del párrafo segundo del Título VII del Libro II del Código Penal como “Maltrato y abandono de niños y personas desvalidas”.
Luego, se propone agregar un nuevo artículo que indica que todo acto de violencia y/o maltrato, sea físico o sicológico, con independencia de quien provenga y con excepción de lo dispuesto en la Ley 20.066 (violencia intrafamiliar) será castigado con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo (de 541 días a cinco años).
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Publicado el 28 de marzo del 2014